Kimberlin Hernández febrero, 15 2024 19 min de lectura

Cuáles son los derechos laborales en el Perú

En el Perú, al igual que en la mayoría de los países, existen leyes y regulaciones laborales destinadas a proteger los derechos de los trabajadores. Estas normativas son fundamentales para garantizar condiciones laborales justas para todos

En este artículo, hablaremos sobre cuáles son los derechos laborales en el Perú y qué implican para los trabajadores y las organizaciones.

 

Regímenes laborales en el Perú

Los regímenes laborales son importantes en la estructura laboral en Perú. Se dividen principalmente en dos categorías: público y privado, cada uno con sus propias características y normativas.

El régimen laboral público engloba a los colaboradores que trabajan para el Estado. En este régimen, cada área cuenta con su propio régimen laboral, siendo los más conocidos los siguientes: profesores, magistrados, funcionarios de salud, militares y policías.

Por otro lado, en el régimen laboral privado se incluyen todos los trabajos de empresas privadas. Aquí también encontramos una diversidad de regímenes, que pueden clasificarse en dos grandes grupos: el régimen laboral general y los regímenes especiales. 

Mientras que el primero se aplica a la mayoría de las empresas, los regímenes especiales se ajustan a las necesidades y características específicas de determinadas industrias o sectores, como la minería, la agricultura o la construcción.

 

Estos son los derechos laborales básicos en Perú

Es importante destacar que, independientemente del régimen laboral al que estén sujetos, existen ciertos derechos fundamentales que son transversales y que todos los trabajadores en Perú deben recibir y que las empresas están obligadas a cumplir. A continuación, te decimos cuáles son estos derechos:

 

Derecho al trabajo

En los artículos 22 y 23 de la Constitución Política del Perú establece la prioridad que el Estado otorga al trabajo, destacando la protección especial a grupos vulnerables como madres, menores de edad y personas con discapacidad que se encuentran laborando.

A su vez, se compromete a promover espacios que estimulen el avance social y económico, mediante políticas diseñadas para fomentar la creación de empleos y el acceso a una educación orientada al trabajo.

 

Protección contra la discriminación

En Perú, se prohíben las prácticas discriminatorias en varios documentos legales. Por un lado, el artículo 2.2 de la Constitución Política asegura el derecho a la igualdad y prohíbe la discriminación por motivos de sexo, idioma, religión, entre otras.

Además, el artículo 26 de la misma norma resalta específicamente la importancia de respetar el principio de igualdad de oportunidades sin discriminación en las relaciones laborales.

Por su parte, en la Ley N.º 26772 se ha establecido que las ofertas de trabajo y el acceso a oportunidades educativas no pueden incluir requisitos que generen discriminación.

De igual forma, según la Ley N.º 28983, se debe promover y garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, eliminando todas las formas de discriminación basadas en el género y garantizando el acceso equitativo a oportunidades.

 

Registro del trabajador en planilla

El registro en la planilla electrónica de la empresa es un paso muy importante en el proceso de contratación de un trabajador. En el artículo 4°-A del Decreto Supremo N.º 018-2007-TR, es obligatorio registrar a un trabajador en planilla y debe realizarse el mismo día en que el colaborador comienza a laborar.

Es relevante el registro de los colaboradores en planilla porque garantiza la transparencia y la legalidad en las relaciones laborales.

 

Periodo de prueba

Según el artículo 10 del Decreto Supremo N.º 003-97-TR, los trabajadores tienen derecho a un periodo de prueba laboral de 3 meses. No obstante, este tiempo puede variar dependiendo de las funciones del puesto, o si el nivel de responsabilidad lo justifica. 

La extensión del período de prueba debe estar en el contrato de trabajo y no puede sobrepasar, junto con el período inicial, los 6 meses para trabajadores calificados o de confianza, y 1 año para el personal directivo.

Una vez transcurrido este lapso, el colaborador obtiene el derecho a la protección contra el despido arbitrario y cuyo monto varía según el régimen laboral al que pertenezca. 

 

Remuneración Mínima Vital (RMV)

De acuerdo con la legislación peruana, cualquier trabajador que labore una jornada mínima de 4 horas diarias o 20 horas semanales debe recibir una remuneración que no sea inferior a la Remuneración Mínima Vital

Este requisito mínimo se establece por la normativa y se ajusta a los criterios económicos y al lugar geográfico en el que se encuentre el colaborador. La última actualización de la RMV fue en mayo del 2022, de acuerdo a lo anunciado en el Decreto N.º 03-2022-TR.

 

Compensación por Tiempo de Servicio (CTS)

La CTS es un beneficio social al que pueden acceder los trabajadores por el tiempo dedicado a una empresa y su principal objetivo es protegerlos ante una eventual pérdida del puesto de trabajo.

Consiste en 2 depósitos anuales, efectuados en los meses de mayo y noviembre y que, en conjunto, equivalen aproximadamente a un sueldo mensual. Este derecho laboral está contemplado en el Decreto Legislativo N.º 650, el cual se aprobó en el Decreto Supremo N.º 001-97-TR. 

 

Descanso semanal obligatorio y feriados no laborables

Según la normativa laboral, cada colaborador tiene el derecho a disfrutar de, al menos, 24 horas continuas de descanso por semana. Este descanso debe ser preferiblemente concedido los días domingos.

Además del descanso semanal, los trabajadores tienen derecho a días de descanso remunerados en los días feriados establecidos por ley. 

 

Vacaciones laborales

Este derecho laboral establece que los trabajadores pueden tomar un descanso remunerado cada año. Este periodo es de 30 días calendario por cada año completo de servicios, con la debida autorización de las vacaciones laborales por parte de la empresa.

 

Gratificación de Fiestas Patrias y Navidad

Según las normas laborales, todos los trabajadores tienen derecho a recibir la gratificación durante los meses de julio y diciembre, respectivamente. 

Es importante tener en cuenta que el cálculo de la gratificación se realiza tomando en cuenta el salario total si el colaborador trabajó durante todo el semestre. Sin embargo, si el período de trabajo es parcial, el monto se debe ajustar de forma proporcional.

 

Jornada laboral

En Perú los trabajadores tienen el derecho a una jornada laboral máxima de 8 horas al día o 48 horas a la semana.

Además, se establece que las “horas extras” o “trabajo en sobretiempo”, debe ser compensado con un recargo adicional, de acuerdo con lo estipulado en la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo

 

Pago del horario nocturno

Durante el horario nocturno, los trabajadores en Perú tienen derecho a recibir un pago adicional. Este recargo es obligatorio y puede variar dependiendo de ciertos factores, los cuales se especifican en la Ley de Jornada de Trabajo, antes mencionada.

Por ejemplo, si no existe un acuerdo específico entre la empresa y el colaborador, el recargo puede ser del 25% por las primeras dos horas de trabajo y del 35% adicional a partir de la tercera hora

 

Horario de refrigerio

Según lo establecido por la ley en Perú, el horario de refrigerio es el tiempo asignado para que el trabajador pueda consumir su comida principal, el cual no puede ser inferior a 45 minutos.

El tiempo dedicado al refrigerio no se considera parte de la jornada de trabajo, es decir, que el horario de refrigerio no está incluido en las 8 horas de trabajo, a menos que un convenio colectivo o acuerdo individual disponga lo contrario.

 

Pago de utilidades

Los colaboradores tienen derecho a participar en la distribución de utilidades de las empresas en las que trabajan, siempre que cumplan ciertos requisitos. 

Para ser elegible, deben ser parte de la planilla y que la organización genere renta de tercera categoría y tenga más de 20 trabajadores

Sin embargo, algunas empresas, como las individuales, microempresas, autogestionarias, cooperativas, comunales y sociedades civiles, están excluidas de esta obligación.

 

Sistema de pensiones

En Perú, los empleadores están obligados a descontar de la remuneración mensual de los trabajadores el porcentaje correspondiente para la pensión. Esto aplica tanto para el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) como para el Sistema Privado de Pensiones (SPP), independientemente del modelo al que pertenezca el trabajador.

 

Licencia de maternidad

En el Decreto Supremo N.º 005-2011-TR se establece que las mujeres tienen derecho a un descanso prenatal de 45 días naturales, así como a 45 días de descanso postnatal después del parto.

En el caso de un nacimiento múltiple, el descanso postnatal se extiende por 30 días adicionales. Estas disposiciones buscan proteger la salud y el bienestar de la madre y el recién nacido, garantizando condiciones adecuadas para su cuidado y desarrollo.

 

Licencia por paternidad

En el caso de los padres, estos tienen el derecho a una licencia remunerada por 4 días hábiles consecutivos en caso del nacimiento de su hijo o hija. Esto se establece en la Ley N.º 29409

 

Asignación familiar

Este es un beneficio laboral que se otorga a los trabajadores del régimen laboral general que tienen hijos de máximo 24 años que están estudiando en la universidad. 

El pago recibido equivale al 10% de la Remuneración Mínima Vital vigente y sirve para ayudar económicamente a los colaboradores para cubrir los gastos de educación y crianza de sus hijos.

 

Seguridad social

Los trabajadores peruanos tienen derecho a acceder a EsSalud, que es el Seguro Social de Salud. Este seguro es financiado por los propios trabajadores, quienes aportan el 9% de su remuneración mensual.

Además, si la empresa proporciona un seguro de salud adicional (EPS), se realizará un descuento adicional en la remuneración del trabajador.

Por otro lado, el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) es un seguro integral que cubre los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, para aquellos trabajadores que desempeñan labores de riesgo.

 

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